Los Fiduciantes podrán solicitar el retiro de los bienes fideicomitidos en las siguientes instancias: (i) cuando se realice el cobro individual de cada una de las cuotas cuando el cobro de cada una se produzca, (ii) en el caso de la finalización de cada uno de los préstamos donde el Fiduciante participe y (iii) en el caso que el cliente proceda a la venta de su portafolio a otro Fiduciante registrado y decida retirar su dinero. En el caso del pago del retorno a los inversores el mismo se realizará con el neto producido de lo cobrado menos las comisiones, los cargos y los impuestos respectivos de acuerdo a la legislación vigente.